Jueves 24 de Julio de 2014

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Arenas movedizas

RESOLUCIONES ADOPTADAS POR LA COMISION DE CARRERAS

Resoluciónes adoptadas por la comisión de carreras del Hipódromo de Palermo en su sesión del día 24 de Julio del 2014

por Comisiòn de Carreras

JOCKEYS Y JOCKEYS APRENDICES

SUSPENDER: por el término de dos (2) reuniones, que se computarán los días jueves 31 de julio y viernes 1º de agosto próximos, al jockey DAMIAN RAMELLA, por perder su línea en los tramos finales de la 14ª carrera de día lunes 21 de julio ppdo., provocando molestias a otro competidor, conduciendo al S.P.C. “DESTELLO MORO”, lo que motivó su distanciamiento del 1er al 2do puesto del marcador.-

APERCIBIR: al jockey aprendiz FRANCO A. CALVENTE, por no mantener su línea en la largada de la 10ª carrera del día lunes 21 de julio ppdo., conduciendo al S.P.C. “ATLANTIC KISS”.-

MULTAR: en la suma $ 200.- al jockey aprendiz FRANCO A. CALVENTE, por haber registrado 1,200 kg. de más, al realizar su peso neto, luego de disputada la 7ª carrera del día sábado 19 de julio ppdo., donde condujo al S.P.C. “HAWAIAN SUNSET”, y ser reincidente.-

MULTAR: en la suma $ 200.- al jockey aprendiz LUCAS A. GONZALEZ, por haber registrado 1,400 kg. de más, al realizar su peso neto, luego de disputada la 14ª carrera del día sábado 19 de julio ppdo., donde condujo al S.P.C. “THE WARRIOR”, y ser reincidente.-

MULTAR: en la suma $ 150.- al jockey DANIEL E. NUÑEZ, por haber registrado 900 grs., de más, al realizar su peso neto, luego de disputada la 16ª carrera del día sábado 19 de julio ppdo., donde condujo al S.P.C. “SHIPPAGAN”, y ser reincidente.-

MULTAR: en la suma $ 200.- al jockey aprendiz MAXIMILIANO ASERITO, por haber registrado 1,000 kg., de más, al realizar su peso neto, luego de disputada la 2ª carrera del día lunes 21 de julio ppdo., donde condujo al S.P.C. “MAGIC NUMBERS”, y ser reincidente.-
MULTAR: en la suma $ 150.- al jockey aprendiz LUCAS E. BERTICELLI, por haber registrado 800 grs., de más, al realizar su peso neto, luego de disputada la 3ª carrera del día lunes 21 de julio ppdo., donde condujo al S.P.C. “GRAND TALK”, y ser reincidente.-

MULTAR: en la suma $ 200.- al jockey JUAN C. VILLAGRA, por haber registrado 900 grs., de más, al realizar su peso neto, luego de disputada la 10ª carrera del día lunes 21 de julio ppdo., donde condujo al S.P.C. “SI PROFE, y ser reincidente.-

MULTAR: en la suma $ 150.- al jockey aprendiz JOSE M. SANCHEZ, por haber registrado 800 grs., de más, al realizar su peso neto, luego de disputada la 12ª carrera del día lunes 21 de julio ppdo., donde condujo al S.P.C. “METE BOCA, y ser reincidente.-

MULTAR: en la suma $ 200.- al jockey aprendiz OCTAVIO F. ARIAS, por haber registrado 1,100 kg. de más, al realizar su peso neto, luego de disputada la 13ª carrera del día lunes 21 de julio ppdo., donde condujo al S.P.C. “ZORRO FRANCES”, y ser reincidente.-

MULTAR: en la suma $ 200.- al jockey aprendiz DIEGO E. ACUÑA, por haber registrado 1,300 kg. de más, al realizar su peso neto, luego de disputada la 13ª carrera del día lunes 21 de julio ppdo., donde condujo al S.P.C. “SEDUCTOR BAND”, y ser reincidente.-

MULTAR: en la suma $ 200.- al jockey FACUNDO S. AGUIRRE, por no haber dado cumplimiento, sin causa justificada, al compromiso de monta suscripto para la reunión del día sábado 19 de julio ppdo., donde debía conducir en la 3ª carrera al S.P.C. “LEONA FRANC”. Asimismo, se le hace saber al profesional que la reiteración de estos hechos sin justificación será considerada falta de responsabilidad profesional.-

MULTAR: en la suma $ 400.- al jockey GONZALO HAHN, por no haber dado cumplimiento, sin causa justificada, a los compromisos de monta suscriptos para la reunión del día lunes 21 de julio ppdo., donde debía conducir en la 11ª y 14ª carreras a los S.P.C. “GALLANT PRINCE” y “BLACK JAM”, respectivamente. Asimismo, se le hace saber al profesional que la reiteración de estos hechos sin justificación será considerada falta de responsabilidad profesional.-

E N T R E N A D O R E S

MULTAR: en la suma de $ 300.- al entrenador de s.p.c. D. ARMANDO J. GLADES, por la responsabilidad que le cupo en la presentación de los compromisos de monta de los S.P.C. “QUANTUM REALITY” y “SOY VILLERO”, inscriptos en la 3ª y 14ª carreras, Premios El Compinche y El Compinche (2do. Turno), respectivamente, ambos del día sábado 19 de julio ppdo., sin la firma del jockey NESTOR F. FERNANDEZ, hechos éstos que derivaran con cambios de monta en Sala de Ratificaciones el día de las carreras.-

MULTAR: en la suma de $ 150.- al entrenador de s.p.c. D. CONRADO B. FUENTES, por la responsabilidad que le cupo en la presentación de los compromisos de monta de los S.P.C. “GRAND TALK” y “STORM PARADISE”, inscriptos en la 3ª y 13ª carreras, Premio Pataqués y Premio Sabat Husson (2do. Turno), respectivamente, ambos del día lunes 21 de julio ppdo., sin la firma de la jocketa LUCRECIA M. CARABAJAL, hechos éstos que derivaran con cambios de monta en Sala de Ratificaciones el día de las carreras y ser reincidente.-

MULTAR: en la suma $ 150.- al entrenador de s.p.c. D. OSCAR A. KALK, por la responsabilidad que le cupo en la presentación del compromiso de monta del S.P.C. “TRAKHINIA”, inscripto en la 6ª carrera, Premio Sabat Husson, del día lunes 21 de julio ppdo., sin la firma del jockey aprendiz ANTHONY M. ORTELLADO PEREYRA, hecho éste que derivara con un cambio de monta en Sala de Ratificaciones el día de la carrera y ser reincidente.-

MULTAR: en la suma de $ 150.- al entrenador de s.p.c. D. RAMON O. PEREZ, por la responsabilidad que le cupo en la presentación del compromiso de monta del S.P.C. “DESTELLO MORO”, inscripto en la 14ª carrera, Premio Pryka, del día lunes 21 de julio ppdo., sin la firma del jockey FACUNDO E. ORTIZ, hecho éste que derivara con un cambio de monta en Sala de Ratificaciones el día de la carrera.-

E N T R E N A D O R Y S. P. C.

MULTAR: en la suma de $ 300.-, al entrenador de s.p.c. D. GUSTAVO A. SIELE, por no haber adoptado los recaudos pertinentes para informar, en tiempo y forma, sobre la no participación del S.P.C. “TANGO DEL PECADO”, inscripto en la 1ª carrera del día sábado 19 de julio ppdo.; e INHABILITAR: mencionado ejemplar por el término de quince (15) días, hasta el 2 de agosto próximo inclusive.-

MULTAR: en la suma de $ 400.-, al entrenador de s.p.c. D. ALFREDO R. MENDIETA, por no haber adoptado los recaudos pertinentes para la participación del S.P.C. “JIMES AFFAIR”, en la 4ª carrera del día lunes 21 de julio ppdo., habiéndolo presentado a correr sin la documentación sanitaria habilitante, motivo por el cual debió ser retirado; e INHABILITAR al S.P.C. “JIMES AFFAIR”, para anotarlo y hacerlo correr en el Hipódromo Argentino de Palermo, hasta tanto el Servicio Veterinario, no reciba constancia que la documentación sanitaria de ese ejemplar esté vigente.-

P R O P I E T A R I O S

MULTAR: en la suma de $ 400.- al titular de la caballeriza “PATAGONICO” (LA PLATA), por no haber tomado los recaudos pertinentes para que el S.P.C. “TRATAME BIEN”, inscripto en la 6ª carrera del día sábado 19 de julio ppdo., contara con la documentación reglamentaria habilitante para participar de la mencionada prueba; motivo por el cual, debió ser retirado; e INHABILITAR al mencionado S.P.C. para hacerlo correr en el Hipódromo Argentino de Palermo hasta tanto no posea la documentación correspondiente, emitida por el Stud Book Argentino, no pudiendo competir en las carreras ya programadas. Artículo 20, Inciso VII, del Reglamento General de Carreras.-

MULTAR: en la suma de $ 400.- al titular de la caballeriza “SIL-PAT” (RIO CUARTO), por no haber tomado los recaudos pertinentes para que el S.P.C. “GAME INFINITY”, inscripto en la 10ª carrera del día lunes 21 de julio ppdo., contara con la documentación reglamentaria habilitante para participar de la mencionada prueba; motivo por el cual, debió ser retirado; e INHABILITAR al mencionado S.P.C. para hacerlo correr en el Hipódromo Argentino de Palermo hasta tanto no posea la documentación correspondiente, emitida por el Stud Book Argentino, no pudiendo competir en las carreras ya programadas. Artículo 20, Inciso VII, del Reglamento General de Carreras.-

S. P. C.

INHABILITAR : por el término de sesenta (60) días, hasta el 18 de septiembre próximo inclusive, al S.P.C. “PIEL DE HADA” a cargo del entrenador de S.P.C. D. JOSE A.LOMEÑA, por su indocilidad peligrosa al salir del partidor en la 7ª carrera del día lunes 21 del actual. Cumplida esta inhabilitación, para actuar en el Hipódromo Argentino de Palermo deberá obtener el Vº Bº del Starter Oficial.

S T A R T E R

SUSPENDER: a solicitud del Starter al S.P.C. “POTRO COL”, a cargo del entrenador de s.p.c. D. EDGARDO I. TRABA, por largar retrasado en la 6ª carrera del día sábado 19 de julio ppdo. Para actuar nuevamente en este hipódromo, deberán transcurrir treinta (30) días (desde el 19 de julio ppdo. y hasta el 17 de agosto próximo inclusive) y obtener el V°B° del Starter Oficial del Hipódromo Argentino de Palermo.-

SUSPENDER: a solicitud del Starter al S.P.C. “HAPPY HUMOR”, a cargo del entrenador de s.p.c. D. GERARDO A. PEÑALBA, por largar retrasado en la 13ª carrera del día sábado 19 de julio ppdo. Para actuar nuevamente en este hipódromo, deberán transcurrir treinta (30) días (desde el 19 de julio ppdo. y hasta el 17 de agosto próximo inclusive) y obtener el V°B° del Starter Oficial del Hipódromo Argentino de Palermo.-

SUSPENDER: a solicitud del Starter al S.P.C. “GENEVA”, a cargo del entrenador de s.p.c. D. LUCAS M. BINDELLA, por largar retrasado en la 6ª carrera del día lunes 21 de julio ppdo. Para actuar nuevamente en este hipódromo, deberán transcurrir treinta (30) días (desde el 21 de julio ppdo. y hasta el 19 de agosto próximo inclusive) y obtener el V°B° del Starter Oficial del Hipódromo Argentino de Palermo.-

Buenos Aires, 24 de julio de 2014.-

VISTO el informe elevado por el Laboratorio de Control de Doping (CeNARD) en relación con el análisis del material extraído al S.P.C. “ANA LUCIA”, que participara de la 10ª carrera del día lunes 23 de junio ppdo., clasificándose en el 2º lugar; y,

CONSIDERANDO:

Que, el día 11 de julio ppdo., se procedió a la apertura del “frasco control” en el Laboratorio Químico del CeNARD con la presencia del Señor Miguel Ángel Sola, por la Asociación Gremial de Profesionales del Turf, representando en este acto al entrenador Señor Pablo Blazevich, -quién lo autorizara por medio de una nota- y del representante de Lotería Nacional Sociedad del Estado, Señor Ezequiel Vera;

Que, los análisis efectuados sobre la orina contenida en el “frasco control”, ratifican los resultados obtenidos originariamente, presencias de sustancias prohibidas por el Reglamento General de Carreras encuadrada en la 1ª y 2ª categorías (Artículo 36, Inciso VII); según acta Nº 137/1406 del Laboratorio de Control de Doping (CeNARD);

Que, esa circunstancia viola el Artículo 36 Inciso VII, Segundo Párrafo del Reglamento General de Carreras;

Que, habiéndosele notificado al señor entrenador que se le concedían tres días a efectos de aportar los descargos y demás peticiones que hacen a su derecho de defensa, él mismo efectuó su descargo en tiempo y forma;

Que, en consecuencia, y una vez analizado todo lo actuado, y de acuerdo a lo previsto por los Incisos VIII y XIV de la mencionada norma;

La Comisión de Carreras en su sesión del día de la fecha:

R E S U E L V E

1.- Suspender por el término de dieciséis (16) meses que se computarán desde el día 3 de julio ppdo. y hasta el 2 de noviembre de 2015, inclusive; al entrenador de s.p.c. D. PABLO BLAZEVICH (D.N.I. Nº 23.271.151);

2.- Suspender por el término de seis (6) meses que se computarán desde el día 3 de julio ppdo. y hasta el 2 de enero de 2015, inclusive; al S.P.C. “ANA LUCIA”;

3.- Distanciar del marcador de la 10ª carrera del día lunes 23 de junio ppdo., al S.P.C. “ANA LUCIA”, quedando como definitivo de la manera que sigue: primero “NORAN NABI”; segundo “TERALBA”, tercero “DARLING GAME”, cuarto “STORMY FLOR” y quinto “FORTY AGUSTINA”;

4.- Notificar de la presente resolución a los interesados.-

Buenos Aires, 24 de julio de 2014.-

VISTO las acciones de inconducta y falta de responsabilidad profesional, puestas de manifiesto luego de la disputa de 4ª carrera del día sábado 19 de julio ppdo., donde el jockey Altair Domingos, quien condujo al S.P.C. “TERALBA” y el jockey Jorge G. Ruiz Díaz que había conducido en la misma carrera al S.P.C. “TERRABYTE”, protagonizaran un incidente dentro del vestuario hecho que pudo comprobarse, consecuencia de las declaraciones ante el Comisariato que se le solicitaran a ambos, y,

CONSIDERANDO:

Que, se puede entender que el motivo de esas agresiones verbales y físicas fueran consecuencia de conductas que ambos pudieran haber asumido luego de finalizado el desarrollo de la carrera;

Que, fuera también requerida declaración testimonial de personal de HAPSA que desarrolla tareas en el recinto del cuarto de jockeys;

Que, tomara intervención el Gabinete Médico Interno, para asistir a uno de los protagonistas de ese incidente, constatando lesiones leves sobre su rostro;

Que, habiéndose generado una actuación sumarial, a fin de poder esclarecer el hecho que se sucediera, se recibieron notas escritas a manera de descargo y/o justificación; que en derecho a defensa las fueran solicitadas;

Que, tanto los actos de inconducta, como las agresiones físicas, denotan una falta de responsabilidad profesional, siendo estos hechos de gravedad y violatorios a los preceptos que rigen la actividad dentro del Hipódromo;

Por todo ello, la Comisión de Carreras, en su sesión de la fecha,

R E S U E L V E:

1.- Sancionar al jockey JORGE G. RUIZ DIAZ y al jockey ALTAIR DOMINGOS por el término de diez (10) reuniones, hasta el día 2 de agosto próximo inclusive; por la participación de cada uno en el incidente acontecido en el vestuario del cuarto de jockeys el día 19 de julio ppdo.; haciéndoles saber, a ambos, que no se tolerará en lo sucesivo acciones de esta naturaleza, y alguna reiteración dará motivo a la cancelación de la autorización para ejercer la profesión en este medio;

Más información:
Hipódromo

HIPODROMO DE PALERMO - ARGENTINA

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